Tribunal Superior de Bogotá admite desistimiento y resuelve viabilidad de recursos en procesos laborales
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 2:13:15
Auto que acepta desistimiento de recurso de apelación en proceso ejecutivo laboral
El 27 de marzo de 2026, la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, integrada por magistradas, resolvió aceptar el desistimiento del recurso de apelación presentado por el apoderado judicial de un demandante contra un auto del Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá, fechado el 26 de enero de 2026, que libró mandamiento de pago. La solicitud de desistimiento se presentó conforme al artículo 316 del Código General del Proceso (CGP), que regula el desistimiento de actos procesales y prevé la posibilidad de abstenerse de condenar en costas en ciertos supuestos, como cuando el desistimiento se realiza ante el mismo juez que concedió el recurso.
La Sala evaluó que el desistimiento se hizo de forma libre y espontánea, sin indicios de mala fe o temeridad, y que el apoderado contaba con las facultades legales para ello. En consecuencia, se aceptó el desistimiento y se dispuso que no se impongan costas en esta instancia, conforme a la normativa aplicable.
Negación de nulidad por alegada omisión en valoración de alegatos
En otro caso, la Sala Octava de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá negó la solicitud de nulidad planteada por el curador ad litem de un demandado. La nulidad se fundamentaba en que la sentencia de primera instancia habría sido proferida sin valorar los alegatos de conclusión presentados en audiencia, lo que se alegaba como violación al debido proceso. Sin embargo, la Sala recordó que las causales de nulidad están taxativamente enumeradas en el artículo 133 del CGP y...
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