Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela sobre salida de menor sin autorización paterna
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 2:13:6
Providencia confirmatoria en segunda instancia penal
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, resolvió la impugnación presentada contra la sentencia del Juzgado 23 Penal del Circuito de Bogotá. La providencia judicial dictada el 24 de abril de 2026 confirma la decisión inicial que declaró improcedente la acción de tutela promovida contra la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y otras entidades.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a partir de una demanda interpuesta por la representante legal de una ciudadana que alegó impedimento para que su hija menor de edad saliera del país debido a la falta de autorización paterna. La menor, con residencia habitual en el exterior, no pudo salir de Colombia el 1 de enero de 2026, pues Migración Colombia denegó el permiso por no contar con el consentimiento de ambos progenitores, requisito establecido en la legislación nacional.
La demandante argumentó que el padre de la menor estaba desaparecido tras haber sido condenado por hechos de violencia, lo que imposibilitaba obtener la autorización requerida. Además, expuso que esta situación afectaba negativamente la estabilidad emocional y la continuidad educativa de la niña, así como la relación familiar.
Durante el trámite, el juzgado vinculó a las entidades involucradas, que presentaron sus respuestas. Migración Colombia se fundamentó en el artículo 110 de la Ley 1098 de 2006, que regula la salida del país de niños, niñas y adolescentes, y negó la vulneración de derechos. Otras entidades como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Procuraduría argumentaron falta de legitimación por pasiva. El Procurador Judicial de...
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