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Proyecto de decreto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo modificaría normas de información financiera para el Grupo 1

Proviene de: Proyectos de Decreto

29 de abril de 2026 17:11:10

Contexto y referencia normativa

El proyecto de decreto, anunciado en fechas recientes, sería emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en conjunto con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento de las facultades otorgadas por la Ley 1314 de 2009 y el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia. El decreto modificaría el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, que compila las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información. Además, la propuesta se fundamentaría en recomendaciones del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), órgano encargado de la normalización técnica en esta materia.

Propósito principal y sectores afectados

El objetivo del proyecto sería actualizar el marco normativo colombiano para el Grupo 1, que comprende las entidades de mayor impacto en el sistema financiero y económico nacional. La modificación buscaría incorporar las normas internacionales de información financiera emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB) durante 2024, reforzando la transparencia, comparabilidad y utilidad de la información financiera. La propuesta afectaría principalmente a empresas nacionales y extranjeras que deben cumplir con estos estándares, así como a los usuarios de la información financiera, incluidos inversionistas, supervisores y entidades públicas.

Cambios relevantes propuestos

El proyecto incluiría modificaciones específicas en tres aspectos fundamentales:
  • Incorporación de la NIIF 18: Se propondría la adopción de esta norma sobre presentación e información a revelar en los estados financieros, con aplicación obligatoria a partir del 1 de enero de 2028, permitiendo una aplicación voluntaria anticipada desde el 1 de enero de 2027. Esta medida buscaría mejorar la calidad y consistencia de las revelaciones y la estructura del estado de resultados.
  • No incorporación de la NIIF 19: La norma referente a subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas no sería incorporada de inmediato, dado su carácter opcional y preocupaciones relacionadas con la supervisión y control. El CTCP recomendaría revaluar esta norma en 2026, considerando la experiencia internacional y desarrollos regulatorios.
  • Modificaciones a las NIIF 9 y NIIF 7: Se incluirían enmiendas relacionadas con la clasificación y medición de instrumentos financieros, enfocadas en reducir diversidad en la práctica y mejorar la información financiera, con aplicación obligatoria desde el 1 de enero de 2027 y opción de aplicación voluntaria anticipada.

Medidas específicas y disposiciones

El proyecto establecería que la aplicación de estas normas se regiría bajo principios de gradualidad y estabilidad normativa, buscando facilitar la adaptación de las entidades a los cambios técnicos y operativos. Las entidades que optaran por una aplicación anticipada deberían revelar este hecho en las notas a los estados financieros y cumplir con todos los requerimientos de manera integral. Asimismo, el decreto indicaría que las fechas de vigencia internacionales establecidas por el IASB no serían aplicables en Colombia, rigiendo únicamente las fechas señaladas en el decreto.

Participación de actores clave

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública jugaría un papel fundamental en la elaboración y recomendación de las modificaciones normativas, mientras que la supervisión y seguimiento quedarían en manos de las autoridades competentes, incluyendo los ministerios emisores. Las entidades del Grupo 1 deberían ajustar sus procesos contables y reportes conforme a las nuevas disposiciones.

Acceso al proyecto y participación ciudadana

El proyecto de decreto y sus documentos soporte habrían sido publicados en el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo con el propósito de recibir comentarios y observaciones de los interesados. Se permitiría la participación ciudadana dentro del periodo establecido para aportar a la discusión pública, conforme a lo previsto en la Ley 1314 de 2009, garantizando la transparencia y el debido proceso en la actualización normativa. La implementación del proyecto de decreto buscaría fortalecer la convergencia del marco normativo colombiano con los estándares internacionales, impulsando la calidad y confiabilidad de la información financiera en el país. De esta manera, se espera que las entidades del Grupo 1 cuenten con un marco actualizado que facilite la toma de decisiones y la confianza de los mercados, contribuyendo al desarrollo económico y financiero sostenible.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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