Consejo de Estado confirma sanción por inexactitud en declaración de IVA relacionada con ventas a zonas francas
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:8:19
Providencia de segunda instancia en materia tributaria
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, resolvió el recurso de apelación interpuesto por una empresa frente a la sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, Sala de Oralidad, que había negado la nulidad de actos administrativos expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La providencia se refiere a la modificación de la declaración del Impuesto Sobre las Ventas (IVA) correspondiente al quinto bimestre de 2018 y a la imposición de una sanción por inexactitud.
Contexto y antecedentes del caso
La sociedad demandante presentó su declaración de IVA en noviembre de 2018, la cual corrigió en mayo de 2019. Posteriormente, la DIAN formuló un requerimiento especial proponiendo la reclasificación de ingresos por ventas a zonas francas como operaciones gravadas a la tarifa general, argumentando que no se cumplían los requisitos para la exención tributaria. En particular, se cuestionó la acreditación del ingreso efectivo de los bienes a la zona franca y su necesidad para el desarrollo del objeto social del comprador, un usuario industrial de zona franca. La DIAN también impuso una sanción por inexactitud. Contra estos actos administrativos, la empresa interpuso demanda solicitando su nulidad y el restablecimiento de derechos.
Consideraciones jurídicas y análisis de la Sala
El Consejo de Estado reiteró que el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario establece que las ventas de materias primas, insumos y bienes terminados desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de zona franca estarán exentas del IVA siempre que los bienes sean necesarios para el desarrollo...
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