Tribunal Superior de Bucaramanga confirma negativa a interrogatorio por incapacidad cognitiva en proceso laboral
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:11:6
Contexto procesal y antecedentes
La providencia judicial objeto de análisis es un auto proferido en segunda instancia por la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, el 10 de marzo de 2026, dentro de un recurso de apelación interpuesto contra un auto emitido el 14 de octubre de 2025 por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bucaramanga.
El proceso ordinario laboral fue promovido por un demandante que solicitó la declaración de existencia de una relación laboral con dos contratos a término indefinido, y la condena al demandado al pago de aportes omitidos a pensión, además de la pensión sanción establecida en el artículo 267 del Código Sustantivo del Trabajo. Entre los medios de prueba solicitados se incluyó el interrogatorio de parte del demandado.
Durante la audiencia, la juez de primera instancia negó el interrogatorio solicitado, argumentando que el demandado padece Alzheimer, condición que afecta su memoria y juicio, impidiendo una confesión consciente y libre, requisito indispensable para la validez de dicha prueba.
Consideraciones y fundamentos jurídicos
La Sala Superior confirmó la decisión del juez de primera instancia tras analizar los principios de conducencia, pertinencia y utilidad de las pruebas. Aunque la prueba propuesta superaba el filtro de conducencia y pertinencia, no cumplía con el requisito de utilidad debido a la incapacidad cognitiva del demandado.
El auto recalcó que el artículo 198 del Código General del Proceso establece que el operador judicial puede ordenar el interrogatorio de las partes, debiendo ser absuelto personalmente por personas capaces. Además, el artículo 199 autoriza que, en caso de incapacidad para asistir a la...
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