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Fedepalma informa valores de cesiones y compensaciones de estabilización para marzo de 2026

Proviene de: Resoluciones

29 de abril de 2026 17:4:37

Entidad emisora, número y fecha de la resolución

La resolución fue emitida por Fedepalma, entidad encargada de administrar el Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones. La Resolución FEB 280 fue expedida el 8 de abril de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.475 el 28 de abril del mismo año.

Tema principal y destinatarios

El documento informa los valores de las cesiones y compensaciones de estabilización de precios correspondientes a las primeras ventas de aceite de palma crudo y aceite de palmiste crudo del mes de marzo de 2026. Está dirigido principalmente a los productores de estos aceites y a las empresas registradas en el Convenio Marco de Compromiso de Destino (CMCD). Estos actores son esenciales para el correcto funcionamiento del mercado y para asegurar que el Fondo cumpla su propósito de estabilizar los precios y proteger los ingresos de los productores.

Objetivo y finalidad de la resolución

La resolución tiene como propósito informar oficialmente los valores calculados de las cesiones y compensaciones de estabilización, conforme a la metodología establecida por el Comité Directivo del Fondo. Esta información permite la aplicación efectiva de mecanismos que buscan compensar a los productores o recortar excedentes cuando los precios se alejan de niveles considerados remunerativos, garantizando así la estabilidad del mercado.

Decisiones y regulaciones principales

La resolución comunica los valores específicos de las cesiones y compensaciones para las primeras ventas realizadas en marzo de 2026. Estos cálculos se realizan con base en la metodología ex post aprobada mediante diversos acuerdos del Comité Directivo, que incluyen consideraciones sobre indicadores de precios nacionales e internacionales, costos de acceso y logística, y ventajas arancelarias en los mercados de exportación. Cabe destacar que el cálculo incorpora ajustes recientes aprobados en los años 2019, 2021, 2024 y 2025, que incluyen modificaciones en la metodología de cálculo, actualización de fletes terrestres y marítimos, y criterios para la aplicación de preferencias arancelarias en mercados relevantes como México, Brasil, Venezuela y Europa.

Base legal y normativa aplicable

La resolución se fundamenta principalmente en la Ley 101 de 1993, que regula los Fondos de Estabilización de Precios para productos agropecuarios y pesqueros, así como en el Decreto 1071 de 2015, que compila la reglamentación del sector agropecuario. Además, se apoyan en múltiples acuerdos expedidos por el Comité Directivo del Fondo, que establecen la metodología y reglamentación para las operaciones de estabilización.

Modificaciones y actualizaciones relevantes

Esta resolución mantiene y aplica las modificaciones introducidas en años recientes por los Acuerdos 218, 219, 398, 461, 537, 545, 546, 547, 550, 551 y 552, que han perfeccionado la metodología para el cálculo de las operaciones de estabilización, adaptándola a las condiciones actuales del mercado y a las políticas arancelarias internacionales.

Plazos y procedimientos de información

De acuerdo con el reglamento, la Secretaría Técnica del Fondo tiene hasta el cuarto día hábil del mes siguiente a las primeras ventas para calcular y enviar los valores de cesiones y compensaciones a la entidad administradora. Posteriormente, esta información se comunica a los productores y empresas involucradas mediante resolución motivada y por medios accesibles como correo electrónico o avisos públicos.

Impacto potencial

La publicación oportuna de estos valores es clave para la transparencia y el funcionamiento eficiente del Fondo, ya que permite que los productores y comercializadores anticipen y ajusten sus operaciones según los mecanismos de estabilización. Esto contribuye a la sostenibilidad económica del sector palmero, favorece la producción nacional y fortalece la competitividad en los mercados internacionales. En síntesis, la Resolución FEB 280 de 2026 consolida un sistema de estabilización de precios que protege a los productores de aceite de palma y palmiste, asegurando un ingreso justo y promoviendo la estabilidad del mercado agroindustrial colombiano, lo cual es fundamental para el desarrollo sostenible del sector y la economía nacional en general.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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