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SENA modifica reglamentación del Fondo Nacional de Vivienda para servidores públicos en 2026

Proviene de: Resoluciones

29 de abril de 2026 17:5:9

Contexto y entidades emisoras

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), mediante la Resolución número 1-01308 de 2026, modificó parcialmente la Resolución 1-02682 de 2025, que reglamenta el Acuerdo número 0012 de 2014 adoptado por el Consejo Directivo Nacional del SENA para regular las normas del Fondo Nacional de Vivienda. La nueva resolución fue publicada en el Diario Oficial No. 53.475 el 28 de abril de 2026 y responde a observaciones hechas por servidores públicos y sindicatos, buscando ajustar aspectos técnicos y legales sobre las garantías y procesos relacionados con los créditos hipotecarios.

Objeto y destinatarios de la Resolución

Esta resolución regula las condiciones para la concesión, garantías, desembolso, control y cobro de créditos otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda del SENA a sus “Afiliados y Beneficiarios”, quienes son servidores públicos adscritos a la entidad. El objetivo principal es modificar ciertas disposiciones para fortalecer la seguridad jurídica y financiera del Fondo, especialmente en lo relacionado con las garantías personales exigidas a los beneficiarios de créditos hipotecarios.

Principales modificaciones y regulaciones

Entre las modificaciones más relevantes destaca la reforma del artículo 21 de la Resolución 1-02682 de 2025, que elimina la figura del codeudor para garantizar créditos hipotecarios y restablece la figura del avalista, similar a la reglamentación previa de 2022. Sin embargo, ahora el avalista debe demostrar capacidad de pago igual o superior a la del solicitante o, en caso contrario, acreditar la propiedad de finca raíz sin limitaciones al derecho de dominio. Además, se establece que el avalista renuncia a beneficios de orden, excusión y división, respondiendo solidariamente con sus bienes presentes y futuros. Asimismo, se modifican los artículos relacionados con los créditos especiales por situaciones de emergencia, estableciendo procedimientos claros para la solicitud, análisis y aprobación de estos créditos por parte de las unidades regionales y la Dirección General. Se precisan también las condiciones para el desembolso de créditos hipotecarios en sus distintas modalidades, detallando la documentación necesaria, desde escrituras públicas hasta autorizaciones de descuento salarial. Además, la resolución regula el control de cartera y el cobro persuasivo en caso de mora, estableciendo plazos máximos para requerimientos y opciones para que el deudor regularice su situación, incluida la refinanciación bajo ciertos criterios. Se ajustan las condiciones para los préstamos sobre ahorros, especificando montos máximos, tasas de interés corriente y moratoria, y las garantías requeridas según el monto del préstamo, con especial énfasis en la capacidad de pago del avalista y la necesidad de finca raíz en ciertos casos.

Fundamentos legales y vigencia

La resolución se fundamenta en las facultades legales del Director General del SENA, en particular en el Decreto 249 de 2004 y los artículos del Acuerdo 0012 de 2014, así como en principios constitucionales como la seguridad jurídica y la irretroactividad. Se tomó en cuenta la revisión del Comité Convencional Nacional en sesión extraordinaria y los resultados de la consulta pública realizada en la página web del SENA durante cinco días en marzo de 2026. La norma modifica los artículos 9, 13, 21, 28, 38 y 39 de la Resolución 1-02682 de 2025 y entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, manteniendo vigentes las demás disposiciones no modificadas.

Impacto potencial

Estas modificaciones buscan balancear la protección de los derechos de los servidores públicos beneficiarios de créditos de vivienda con la sostenibilidad financiera del Fondo Nacional de Vivienda del SENA. Al fortalecer las garantías, especialmente a través de la figura del avalista con capacidad demostrada, se pretende mejorar la gestión del riesgo crediticio y asegurar la estabilidad del fondo. Además, se clarifican y ordenan procedimientos para la solicitud y desembolso de créditos, facilitando la transparencia y seguridad en el acceso a estos beneficios. Para los servidores públicos, implica una actualización en los requisitos y procesos para acceder y mantener créditos de vivienda bajo este esquema. En conclusión, la Resolución 1-01308 de 2026 representa un esfuerzo institucional por adaptar la reglamentación del Fondo Nacional de Vivienda a las necesidades actuales, buscando un equilibrio entre la protección de los derechos de los afiliados y la sostenibilidad financiera del fondo. Se espera que estas modificaciones contribuyan a una mayor eficiencia y seguridad en la gestión de los créditos de vivienda para los servidores públicos del SENA, garantizando así el acceso a un beneficio fundamental para el bienestar de sus trabajadores.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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