Contexto y competencia del tribunal
La providencia es un auto emitido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máximo tribunal de lo contencioso administrativo en segunda instancia. El auto resuelve la manifestación de impedimento presentada por un consejero para participar en un proceso judicial que se tramita en dicha instancia después de recurso de apelación.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó por una demanda presentada en ejercicio del medio de control de protección de derechos e intereses colectivos, previsto en la Ley 472 de 1998. La demanda fue interpuesta contra varias entidades públicas y particulares, incluyendo la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, la Agencia Nacional de Minería, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y el municipio de Guaduas, en relación con el funcionamiento de una cantera ubicada en dicho municipio.
La demanda solicitó la protección de derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa, el goce de un ambiente sano, el equilibrio ecológico, la conservación de recursos naturales, y otros intereses comunitarios vinculados con la preservación y restauración del medio ambiente, así como la seguridad y salubridad públicas.
Tras la sentencia de primera instancia que amparó el derecho colectivo al goce de un ambiente sano, varias partes presentaron recurso de apelación, lo que llevó a la remisión del expediente al Consejo de Estado.
Consideraciones jurídicas y razón principal del auto
El consejero de Estado manifestó su impedimento para conocer el proceso debido a que su hermana actúa como apoderada de una de las entidades demandadas, la Agencia Nacional de Minería, en el mismo proceso. La causal invocada está prevista en el numeral 3 del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece como causal de recusación ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de alguna de las partes o de sus representantes o apoderados.
La Sala recordó que las causales de impedimento y recusación tienen como finalidad garantizar que las decisiones judiciales se adopten bajo los principios de imparcialidad, independencia y transparencia.
Tras revisar el expediente y confirmar que la apoderada de la Agencia Nacional de Minería es familiar directa del consejero, la Sala concluyó que se configura la causal de impedimento. En consecuencia, declaró fundado el impedimento y ordenó separar al consejero de Estado del conocimiento del asunto.
Conclusión del auto
El auto fue aprobado y firmado electrónicamente por los integrantes de la Sección Primera en sesión celebrada el 16 de abril de 2026. La providencia garantiza la autenticidad y conservación de la decisión conforme a la normativa vigente sobre gestión judicial electrónica.
Esta decisión pone de relieve la importancia del respeto a las reglas de imparcialidad en la administración de justicia, asegurando la confianza pública en la actuación de los jueces y magistrados en procesos que afectan derechos colectivos y el interés público ambiental. De esta manera, el Consejo de Estado reafirma su compromiso con la transparencia y la integridad en la toma de decisiones judiciales, contribuyendo a la protección efectiva del medio ambiente y los derechos comunitarios en el país.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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