Sala de Casación Laboral declara desierto recurso por incumplimiento de término procesal
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:46:15
Providencia emitida por la Sala de Casación Laboral
La providencia en cuestión corresponde a un auto proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia judicial. El auto fue expedido el 22 de abril de 2026 y se relaciona con un proceso laboral entre una sociedad en liquidación y dos demandados.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó por una disputa laboral en la que la sociedad demandante, en proceso de liquidación, buscaba hacer valer sus pretensiones contra las partes demandadas. Posteriormente, la sociedad interpuso un recurso de casación, cuyo objetivo es revisar la correcta aplicación del derecho en decisiones previas. Sin embargo, se constató que la demanda de casación no fue presentada dentro del término legal establecido para tal fin.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La Sala de Casación Laboral basó su decisión en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, normativa que establece los plazos y condiciones para la interposición de recursos en el ámbito laboral. Este artículo prevé que la falta de presentación oportuna del recurso dentro del término de traslado implica la declaración de desierto del mismo.
En consecuencia, la Sala declaró desierto el recurso de casación interpuesto por la sociedad en liquidación, debido al incumplimiento del término procesal. La decisión implica que no se adelantarán revisiones de fondo sobre el caso en esta instancia.
Finalmente, se ordenó la devolución del expediente al tribunal de origen para que continúe con el trámite que corresponda, y se dispuso la notificación y publicación de la providencia para efectos legales.
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