Sala de Casación Laboral declara desierto recurso por presentación extemporánea de demanda de casación
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:47:19
Providencia emitida por la Sala de Casación Laboral
La providencia en cuestión es un auto proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, fechado el 22 de abril de 2026. En este auto, la Sala resolvió declarar desierto un recurso de casación presentado por el apoderado judicial de la parte demandante, debido a que la demanda fue remitida fuera del término legal establecido.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con una demanda contra una sociedad comercial. El apoderado judicial, actuando como demandante y sucesor procesal, remitió la demanda de casación el 27 de marzo de 2026 a las 5:55 p.m., excediendo el horario hábil para la recepción de documentos electrónicos, que es hasta las 5:00 p.m. según las normas de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala recordó que, aunque se acepta la presentación de actuaciones procesales por correo electrónico, esta debe realizarse dentro de los términos legales y en la jornada de trabajo establecida, de lunes a viernes entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m. Esta regla busca garantizar la seguridad jurídica en la recepción y cómputo de términos procesales.
Consideraciones jurídicas de la decisión
La Sala fundamentó su decisión en varias providencias previas, que establecen que la recepción válida de documentos electrónicos ocurre en el momento en que ingresan al sistema de información del destinatario, en este caso, el buzón electrónico dispuesto por la Corte.
Además, se hizo referencia a los artículos 23 y 24 de la Ley 527 de 1999, aplicables por analogía a los procesos laborales mediante el artículo 145 del Código...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.