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La Sala de Casación Laboral declara desierto recurso de casación por presentación extemporánea

Proviene de: Sentencias

29 de abril de 2026 17:59:26

Contexto y tribunal responsable

La providencia en análisis corresponde a un auto proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, máxima instancia en materia laboral. Este auto resuelve sobre la situación procesal de los recursos de casación presentados en un caso originado en un tribunal inferior.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso involucra a unas recurrentes que impugnaron una decisión relacionada con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade) y otros entes. Sin embargo, se constató que las recurrentes no presentaron la demanda de casación dentro del plazo establecido para tal fin. La normativa aplicable es el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, que regula los términos procesales para la presentación de recursos en materia laboral.

Consideraciones y fundamento jurídico

La Sala de Casación Laboral, en ejercicio de su competencia, verificó el incumplimiento del término para la presentación de la demanda de casación. En consecuencia, aplicó el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, el cual establece que la no presentación de la demanda dentro del término legal conlleva a la declaración de desierto del recurso. Este pronunciamiento implica que los recursos de casación no serán tramitados ni analizados en su fondo, dado que la omisión procesal impide continuar con la revisión judicial. Por tanto, la Sala ordenó la devolución del expediente al tribunal de origen para que continúe con el trámite correspondiente según el estado procesal en que se encontraba.

Decisión y efectos

El auto de la Sala de Casación Laboral declara desiertos los recursos de casación por la presentación extemporánea. Se ordena notificar esta decisión y cumplir con la devolución del expediente al tribunal inferior, asegurando así la continuidad del proceso conforme a las normas procesales vigentes. Esta resolución resalta la importancia de respetar los plazos procesales para garantizar el acceso al recurso de casación, el cual es el mecanismo de revisión excepcional en materia laboral. La observancia estricta de los términos contribuye a la seguridad jurídica y al adecuado funcionamiento del sistema judicial. Elemento Detalle Tribunal Sala de Casación Laboral, Corte Suprema de Justicia Tipo de providencia Auto Normativa aplicable Artículo 65, Decreto 528 de 1964 Decisión Declaración de desierto de los recursos de casación Consecuencia Devolución del expediente al tribunal de origen

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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