Sala de Casación Civil declara desierto recurso por falta de sustentación oportuna
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 18:4:30
Providencia dictada por la Sala de Casación Civil en segunda instancia
La Sala de Casación Civil, instancia máxima en materia civil y comercial, emitió un auto en el marco del proceso identificado con la radicación número 13001-31-05-007-2019-00463-01, el cual fue notificado el 4 de febrero de 2026. En esta providencia, la Sala resolvió sobre un recurso presentado contra una sociedad en liquidación.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una controversia jurídica entre una ciudadana y una empresa en liquidación. Como parte de la tramitación judicial, la parte demandante interpuso un recurso que debía ser sustentado en audiencia, conforme a las disposiciones procesales vigentes. Sin embargo, según el informe secretarial que antecede, la parte recurrente no realizó la sustentación dentro del término legal establecido.
Consideraciones y fundamentos de la decisión
La Sala de Casación Civil fundamentó su decisión en la observancia estricta del Código General del Proceso, que exige la sustentación oportuna de los recursos para su admisión y trámite. La inobservancia de este requisito implica que el recurso no puede continuar su curso en el proceso, por lo que la Sala procedió a declarar el recurso como desierto.
En el auto, firmado electrónicamente por el Presidente de la Sala y los Magistrados que la conforman, se señala expresamente la necesidad de devolver el expediente al tribunal de origen para la continuación del proceso conforme a derecho.
Esta decisión subraya la relevancia de cumplir con los términos procesales establecidos en el artículo 103 del Código General del Proceso y en la Ley 527 de 1999, que regulan tanto la validez de las actuaciones electrónicas como...
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