Sala de Casación Laboral declara desierto recurso por incumplimiento en término procesal
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 18:5:27
Contexto y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, instancia encargada de conocer y decidir los recursos de casación en materia laboral. La providencia judicial corresponde a un auto dictado en el trámite del proceso identificado con radicación número 08001-31-05-013-2019-00014-01, emanado del Tribunal de origen y con fecha de emisión el cuatro de febrero de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial tiene como partes a la Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla como demandante recurrente, y a los demandados, representados en el expediente. La controversia llevó a la interposición de un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, cuyo trámite requería la presentación oportuna de la demanda dentro del término de traslado establecido por la ley.
Consideraciones y fundamento jurídico de la providencia
La Sala de Casación Laboral destacó que la parte recurrente no presentó la demanda de casación dentro del término legal establecido para tal efecto. Esta omisión configura una causal de inadmisibilidad del recurso, prevista expresamente en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, que regula los términos procesales en materia laboral.
En virtud de lo anterior, la Sala declaró desierto el recurso de casación, lo que implica que no se adelantará el análisis de fondo del asunto. Consecuentemente, el expediente fue devuelto al tribunal de origen para los efectos legales pertinentes.
El auto fue firmado electrónicamente por el presidente y los magistrados de la Sala de Casación Laboral, asegurando la validez jurídica del documento conforme a lo dispuesto en el artículo 103 del Código General del Proceso y...
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