Contexto y tribunal competente
La providencia comunicada el 26 de enero de 2026 corresponde a un auto proferido por la Sala de Conjueces de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, que conoció el trámite de impedimentos presentados por magistrados para intervenir en una acción de tutela. Esta acción constitucional fue presentada en formato de audio y dirigida contra las altas cortes del país: la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante interpuso la acción de tutela alegando que la respuesta del presidente del Consejo de Estado fue evasiva y no resolutiva, sin precisar a qué solicitud se refería. Sin embargo, dicha acción carecía de argumentos fácticos y jurídicos claros y no señalaba el derecho fundamental presuntamente vulnerado.
En procesos anteriores, el mismo accionante había promovido múltiples acciones constitucionales que fueron rechazadas o inadmitidas por falta de sustento o por reiteración de pretensiones ya decididas. Varias decisiones previas de la Corte Suprema de Justicia y de otros órganos jurisdiccionales confirmaron la improcedencia de los recursos presentados.
Consideraciones jurídicas y fundamento del auto
Los magistrados involucrados presentaron impedimentos con base en los numerales 1°, 4° y 6° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, en concordancia con el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991. Estas causales incluyen:
- Numeral 1°: Interés en la actuación procesal por parte del funcionario judicial o sus familiares cercanos.
- Numeral 4°: Haber sido apoderado, defensor o contraparte en el proceso, o haber emitido opinión sobre el asunto.
- Numeral 6°: Haber dictado providencia objeto de revisión o haber participado en el proceso anterior que se revisa.
Los impedimentos se fundamentan en la participación previa de estos magistrados en decisiones relacionadas con acciones constitucionales presentadas por el mismo accionante. Dicha reiteración podría afectar la imparcialidad y la objetividad en el conocimiento del nuevo trámite.
La Sala de Conjueces, tras analizar las causales legales y los antecedentes procesales, concluyó que los impedimentos estaban debidamente justificados y ajustados a las normas vigentes, por lo que procedió a aceptarlos.
Decisión adoptada
En consecuencia, la Sala de Conjueces de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia:
- Aceptó los impedimentos manifestados por los magistrados involucrados.
- Devolvió las diligencias al despacho de la conjuez ponente para continuar con el trámite correspondiente.
- Ordenó la notificación de esta providencia a los interesados por el medio más expedito.
Esta resolución reafirma la importancia del respeto a las causales de impedimento para garantizar la imparcialidad en la administración de justicia, especialmente en procesos constitucionales que involucran a altas cortes y actores con actuaciones reiteradas.
La decisión fue adoptada en sesión virtual y comunicada en cumplimiento de los procedimientos establecidos, sin que se haya conocido aún el fondo de la acción de tutela presentada en formato de audio. La Corte Suprema continúa con el proceso, garantizando el debido trámite y la protección de los derechos fundamentales en el marco del respeto a la legalidad y la imparcialidad judicial.