Corte Suprema de Justicia ordena protección de datos personales tras extinción de pena en bases públicas judiciales
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 18:14:12
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en calidad de instancia de tutela. El auto se dictó en respuesta a una petición presentada por una persona involucrada en un proceso penal, en la cual se solicitó la supresión de datos personales sensibles contenidos en la base de datos pública de la Rama Judicial, relacionados con una acción de tutela previamente tramitada en 2024.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se remonta a un proceso penal contra el solicitante por presunta violación a la Ley 30 de 1989. En una decisión anterior de la misma Sala, se resolvió una acción de tutela en la que se cuestionó el trámite penal, declarando improcedente el amparo en ciertos aspectos y amparando el derecho al debido proceso en otros, ordenando verificar la notificación y cumplimiento de una sentencia que extinguió la condena en 2009.
Posteriormente, el interesado presentó una solicitud para que se retirara de los sistemas de información judiciales y de acceso público toda la información relacionada con la acción de tutela mencionada, alegando la protección de su derecho fundamental al habeas data.
Consideraciones jurídicas de la decisión
La Sala de Casación Penal realizó un análisis cuidadoso del equilibrio entre el derecho al acceso a la información pública y la protección del derecho al habeas data, especialmente en lo referente a personas que han estado involucradas en procesos penales. Se basó en la normatividad vigente y en la jurisprudencia constitucional, particularmente en la sentencia de la Corte Constitucional SU458 de 2012, que establece subreglas para estos...
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