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Proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda reglamentaría créditos para el Programa de crédito de emergencia para el sector empresarial

Proviene de: Proyectos de Decreto

4 de mayo de 2026 3:53:17

Contexto y antecedentes del proyecto de decreto

El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en 2026, buscaría reglamentar el Programa de Crédito de Emergencia para el Sector Empresarial, creado mediante el Decreto 244 de 2026. Este decreto se enmarcaría en la declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica establecida por el Decreto 150 de 2026, debido a la severa ola invernal que afectó a los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. La emergencia habría causado graves daños a la infraestructura económica y a la actividad productiva de estas regiones, afectando especialmente a micro, pequeñas y medianas empresas (pymes), que enfrentan restricciones para acceder al crédito formal debido a la reducción de ingresos y deterioro de activos. El programa de crédito se diseñaría para mitigar estos efectos, facilitando la recuperación económica y productiva.

Propósito y alcance del programa

El proyecto de decreto tendría como objetivo reglamentar el Programa de Crédito de Emergencia para el Sector Empresarial, orientado a promover el financiamiento de pymes en los sectores elegibles afectados por la emergencia. La iniciativa buscaría conjurar la crisis o impedir la extensión de sus efectos en el territorio nacional, mediante créditos directos con tasa compensada de interés cero otorgados por el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. – Bancóldex. Los beneficiarios serían personas naturales con establecimiento de comercio y personas jurídicas domiciliadas en las zonas afectadas, clasificadas como pequeñas o medianas empresas según la normativa vigente. La afectación se acreditaría mediante certificaciones expedidas por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), registros de damnificados o entidades designadas oficialmente.

Modificaciones y condiciones del programa de crédito

Entre las principales disposiciones que plantearía el proyecto se incluirían:
  • Tasa de interés cero compensada con recursos aportados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
  • Monto máximo por deudor hasta 120 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
  • Destino del crédito: capital de trabajo, sustitución de pasivos o inversión.
  • Garantías: cobertura del 90% por parte del Fondo Nacional de Garantías (FNG).
  • Plazo máximo: hasta 36 meses, con posibles periodos de gracia.
  • Amortización: cuotas mensuales, con el 100% del pago aplicado al capital adeudado.
  • Reglamento: Bancóldex definiría las condiciones específicas mediante un reglamento interno.
  • Régimen de pérdida del beneficio: en caso de incumplimiento, se modificarían las condiciones a las de mercado, con aceleración del crédito y posibles acciones legales.

Administración y financiamiento del programa

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, administraría los recursos destinados al programa. Estos recursos provendrían de sobrantes en el servicio de la deuda pública, originados por la redención anticipada de títulos de deuda. Bancóldex estaría encargado de otorgar y desembolsar los créditos, así como de remitir cuentas de cobro mensuales al Ministerio para la compensación de tasas y costos de colocación. El Ministerio reconocería y pagaría dichas cuentas dentro del mes siguiente a su presentación. Además, el FNG garantizaría las operaciones crediticias con una cobertura del 90%.

Participación de actores clave y mecanismos de control

El proyecto involucraría a varias entidades clave:
  • Bancóldex: como banco de desarrollo empresarial, operaría el programa como establecimiento de crédito.
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público: aportaría los recursos y administraría el financiamiento del programa.
  • Fondo Nacional de Garantías (FNG): otorgaría las garantías necesarias para respaldar los créditos.
  • Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y entidades locales: certificarían la condición de afectación de los beneficiarios.
  • Superintendencia Financiera de Colombia: supervisaría a Bancóldex en el cumplimiento de las normas financieras aplicables.

Acceso al proyecto y participación ciudadana

Aunque el decreto aún estaría en proyecto, se esperaría que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicara el texto completo para consulta pública. La ciudadanía y los sectores interesados podrían participar enviando comentarios durante el periodo establecido para la elaboración normativa, a través de los canales oficiales del Ministerio.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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