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Comisión de Regulación de Energía y Gas publica Circular No. 274 de 2026 sobre ampliación de plazo para remisión de información AOM

Proviene de: Circulares

4 de mayo de 2026 21:3:25

Contexto y propósito de la Circular No. 274 de 2026

La Circular No. 274 de 2026 fue emitida por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) con el fin de informar a los distribuidores mayoristas de gasolina y diésel sobre la ampliación del plazo para la entrega de la información correspondiente a la solicitud de información AOM para el año 2025. Esta solicitud forma parte de un proceso continuo iniciado en la Circular 002 de 2023, en la que se establecieron los lineamientos para la entrega de información desde 2018 hasta 2021 y se estableció que los reportes para años posteriores deben ser entregados antes del último día hábil de abril de cada año. El objetivo principal es optimizar la recolección y procesamiento de los datos, que son fundamentales para el análisis y la determinación de la remuneración del margen mayorista en el sector energético. En este sentido, la circular amplía el plazo para la entrega de información hasta el 8 de junio de 2026, permitiendo a los agentes mayoristas mayor flexibilidad para cumplir con esta obligación.

Ámbito de aplicación y sujetos obligados

La circular está dirigida específicamente a los distribuidores mayoristas de gasolina motor corriente y diésel, que son los sujetos obligados a reportar la información AOM. El ámbito de aplicación es externo, ya que afecta a estos agentes económicos que deben cumplir con los requerimientos regulatorios establecidos por la CREG. Este proceso de reporte se realiza a través del Sistema de Información de Costos de Regulación (ICR), plataforma creada para facilitar la entrega de los datos en formatos estandarizados definidos previamente por la Comisión, en particular el formato habilitado en la Circular CREG 166 de 2025.

Fuerza vinculante y validez legal

La Circular No. 274 de 2026 tiene carácter vinculante para los distribuidores mayoristas mencionados, dado que es emitida por la autoridad reguladora competente en materia energética. Su cumplimiento es obligatorio y está respaldado por el marco normativo que regula la supervisión y control del sector de energía y gas en Colombia. La extensión del plazo constituye una disposición formal que debe ser acatada por los interesados para evitar sanciones o incumplimientos regulatorios.

Contenido sustancial y facilidades para el cumplimiento

Entre los puntos clave de la circular se destacan:
  • La indicación expresa de que para el reporte de la vigencia 2025 debe utilizarse el formato disponible en la plataforma ICR, con la modificación en el nombre del archivo para reflejar el año correspondiente.
  • La aclaración de que no es necesario enviar documentos adicionales que certifiquen la información de gastos AOM, simplificando el proceso.
  • La invitación a las empresas no registradas a inscribirse siguiendo las instrucciones contenidas en el manual anexo a la circular.
  • La convocatoria a un taller presencial y virtual que se realizará el 20 de mayo de 2026, con el objetivo de explicar el uso de la plataforma ICR y el correcto diligenciamiento de los formatos. El taller permitirá la participación presencial limitada a 90 inscritos y transmisión en vivo a través de las redes sociales oficiales de la Comisión.
  • La habilitación de formularios en línea para que los interesados puedan plantear consultas o reportar inconvenientes relacionados con el proceso de registro, diligenciamiento y cargue del formato AOM, constituyendo estos formularios el único canal oficial de recepción de inquietudes.
Estos elementos buscan facilitar la adecuada remisión de la información requerida y garantizar la transparencia, eficiencia y cumplimiento de las obligaciones regulatorias para el beneficio del sector y el público en general.

Importancia para los destinatarios y el público

Esta circular es relevante para los agentes económicos del sector energético, en especial los distribuidores mayoristas de gasolina y diésel, ya que establece un marco claro y actualizado para la entrega de información crucial para la regulación tarifaria y el análisis de costos. Por su parte, para el público en general y otros actores interesados, representa un mecanismo mediante el cual la autoridad garantiza la transparencia y la adecuada supervisión de un sector estratégico para la economía y el bienestar nacional. Para acceder a la Circular No. 274 de 2026 y los documentos relacionados, puede consultarse el portal oficial de la Comisión de Regulación de Energía y Gas: https://creg.gov.co.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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