El Consejo de Estado avoca conocimiento en proceso sobre adjudicación de bienes en cobro coactivo en Palermo, Huila
Proviene de: Sentencias
4 de mayo de 2026 21:2:59
Contexto del caso y antecedentes procesales
El proceso judicial se originó con la presentación, en julio de 2014, de una demanda de reparación directa que buscaba dejar sin efecto un decreto y una resolución emitidos por la Secretaría de Hacienda del municipio de Palermo, Huila. Estos actos administrativos regulaban y ejecutaban la adjudicación de bienes inmuebles a favor del municipio dentro de procesos administrativos de cobro coactivo.
Inicialmente, el Tribunal Administrativo del Huila rechazó la demanda en agosto de 2014, argumentando que la acción debía tramitarse mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho y que, para la fecha de presentación, ya había operado la caducidad de la acción. Esta decisión fue apelada, y en enero de 2015, la Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado revocó el auto, señalando que el medio de control era el correcto y que no había caducidad en la presentación.
Posteriormente, en mayo de 2021, tras la adecuación del medio de control y la subsanación de la demanda, el Tribunal Administrativo del Huila profirió sentencia de primera instancia negando las pretensiones y sin condena en costas. La parte demandante interpuso recurso de apelación, que fue admitido por el tribunal en agosto de 2021.
En septiembre de 2021, el proceso fue asignado a la Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, que en febrero de 2026 admitió el recurso de apelación. Sin embargo, en agosto de 2026, dicha Sección declaró su falta de competencia para conocer el asunto y remitió el proceso a la Sección Cuarta, basada en las reglas de distribución de procesos...
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