Tribunal Superior de Cali confirma negativa a mandamiento de pago por falta de claridad en obligación ejecutiva
Proviene de: Sentencias
4 de mayo de 2026 21:2:17
Contexto de la decisión y tribunal competente
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación contra un auto proferido por el Juzgado 4º Civil del Circuito de Cali. La providencia está relacionada con la negativa de librar un mandamiento de pago solicitado en un proceso ejecutivo. La magistrada ponente dictó la decisión el 3 de marzo de 2026, confirmando la postura adoptada en primera instancia.
Antecedentes del caso
La parte demandante solicitó el mandamiento ejecutivo para exigir el pago de una suma que correspondía al capital insoluto y a intereses moratorios derivados de un acta de conciliación suscrita en enero de 2023 ante un centro de conciliación. En dicho acta, los demandados se comprometieron a pagar un saldo relacionado con la compraventa de varios inmuebles, con una fecha límite establecida para el pago total en mayo de 2023, condicionada al levantamiento de una hipoteca sobre los bienes.
La demanda fue inicialmente inadmitida y luego subsanada, pero la juzgadora requirió que se acreditara el levantamiento del gravamen hipotecario como condición para proceder con el pago. Este requerimiento fue cuestionado por la demandante, quien argumentó que dicha exigencia no correspondía a un requisito legal ni a una condición para la ejecución del título, y aportó un paz y salvo que, a su juicio, demostraba el cumplimiento de la obligación. Sin embargo, el juzgado consideró que la obligación no era clara ni exigible por estar sujeta a condiciones pendientes de acreditación y, en consecuencia, negó el mandamiento de pago.
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