La Subdirección encargada de absolver consultas generales sobre interpretación y aplicación de normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, dentro de la competencia de la DIAN, emitió un pronunciamiento respecto a la identificación de datos geográficos en los mensajes financieros.
El consultante solicitó aclarar si el mensaje pacs.008, adoptado en la norma ISO 20022, permite extraer los datos de ciudad y país, tal como lo hacía el formato SWIFT MT103, para efectos de cumplir la obligación de presentar información exógena establecida en la Resolución 204 de 2025.
Se señaló que ambos formatos incluyen los datos de ciudad y país asociados al ordenante y beneficiario. Sin embargo, mientras el SWIFT MT103 los incorpora como texto libre, el mensaje pacs.008 los contiene en datos estructurados y normalizados en formato XML. Por ejemplo, en pacs.008, los campos TwnNm (ciudad) y Ctry (país) se encuentran dentro del bloque Postal Address (PstlAdr) en los elementos correspondientes al ordenante (Dbtr), beneficiario (Cdtr) y sus entidades financieras respectivas.
Esta estructura permite una identificación más precisa y ordenada de los datos exigidos por la DIAN para la presentación de información exógena.
No obstante, la entidad destacó que la obligación de reporte es autónoma respecto al formato de los mensajes financieros. Por lo tanto, el obligado cambiario debe garantizar que se reporte la información requerida, incluso si debe complementar o estructurar los datos provenientes de estos mensajes.
Finalmente, se recordó que el conocimiento del origen y destino de los recursos en operaciones de cambio es responsabilidad del obligado cambiario, conforme al artículo 90 de la Resolución Externa 1 de 2018 del Banco de la República y sus modificaciones. Esta norma obliga a conservar la documentación que respalde las operaciones y su información por el tiempo de prescripción aplicable para sanciones cambiarias.
La consulta y doctrina relacionadas con esta materia pueden consultarse en el normograma de la DIAN disponible en: https://normograma.dian.gov.co/dian/.
Este pronunciamiento contribuye a clarificar el uso del mensaje pacs.008 en el cumplimiento de obligaciones cambiarias, facilitando la adaptación a los formatos tecnológicos actuales sin perder el rigor en la presentación de la información requerida por la autoridad tributaria.
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