Se reconoce competencia del DANE para acceder a información tributaria con fines estadísticos
Proviene de: Oficios
4 de mayo de 2026 17:21:56
Contexto y solicitud de reconsideración
La Dirección de Gestión Jurídica respondió inicialmente a una consulta sobre la solicitud del DANE para acceder a información tributaria contenida en los formatos 2516 y 2517, indicando que la función de atender dicha solicitud correspondía a la dependencia administradora de la base de datos. Además, se señaló que la conciliación fiscal tiene un uso restringido exclusivamente a funciones de control y fiscalización tributaria, limitando su acceso.
Posteriormente, se solicitó la reconsideración de este pronunciamiento, argumentando un cambio en el marco normativo.
Cambios normativos y análisis jurídico
El artículo 583 del Estatuto Tributario establece la reserva de la información contenida en las declaraciones tributarias. Sin embargo, el artículo 23 de la Ley 2335 de 2023 introdujo una excepción expresamente dirigida a fines estadísticos. Según esta norma, las entidades públicas no podrán invocar la reserva tributaria para negarse a entregar datos al DANE, salvo excepciones relacionadas con temas de seguridad nacional.
Además, el artículo 27 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) establece que la reserva de información no es oponible a autoridades judiciales, legislativas y administrativas competentes, quienes deben garantizar su manejo confidencial.
Conclusiones y alcance de la decisión
Con base en estas disposiciones, la Dirección de Gestión Jurídica concluyó que procede atender la solicitud del DANE para acceder a la información contenida en los formatos 2516 y 2517, siempre que se respeten estrictos protocolos de seguridad, anonimización y confidencialidad, conforme a la Ley 2335 de 2023.
Se reconoció la competencia funcional del DANE para requerir dicha información con fines exclusivamente estadísticos y se revocó el pronunciamiento anterior que...
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