Consejo de Estado admite recursos de apelación en proceso de pérdida de investidura de representante a la Cámara
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 19:1:31
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, en su Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, es el tribunal encargado de conocer y decidir sobre los recursos de apelación en procesos de pérdida de investidura, conforme al artículo 14 de la Ley 1881 de 2018. En este caso, la providencia admitió los recursos contra la sentencia proferida por la Sala Especial de Decisión No. 12, que en primera instancia negó las pretensiones de pérdida de investidura contra un Representante a la Cámara por Bogotá para el periodo constitucional 2018-2022.
Antecedentes fácticos y procesales
Diversos ciudadanos presentaron solicitudes independientes de pérdida de investidura contra el congresista, alegando la causal establecida en el numeral 4° del artículo 183 de la Constitución Política, relativa a la indebida destinación de dineros públicos. Los procesos fueron acumulados por la Sala Especial de Decisión No. 12 para su trámite conjunto.
La Sala Especial de Decisión No. 12 profirió sentencia el 11 de febrero de 2026, en la cual negó las pretensiones de los solicitantes. La notificación de esta decisión se realizó por correo electrónico el 16 de febrero, considerándose efectiva al finalizar el día 18 del mismo mes y año.
Posteriormente, dentro del término legal, se presentaron recursos de apelación por parte de los solicitantes, quienes además solicitaron el decreto de pruebas en segunda instancia. Estos recursos fueron admitidos por el magistrado ponente de la Sala Especial de Decisión No. 12 mediante providencia del 6 de marzo de 2026, y el expediente fue remitido al Consejo de Estado para su trámite correspondiente.
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