Consejo de Estado inadmite solicitud de pérdida de investidura por falta de requisitos formales
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 18:59:40
Providencia proferida en segunda instancia por el Consejo de Estado
La providencia que se analiza corresponde a un auto proferido por la Sala Tercera Especial de Decisión de Pérdida de Investidura del Consejo de Estado, en segunda instancia, el 29 de abril de 2026. En ella se resuelve la admisibilidad de una solicitud presentada por un ciudadano contra un senador perteneciente a un partido político reconocido, quien fue acusado de incurrir en causales de pérdida de investidura.
Antecedentes fácticos y procesales
El ciudadano promovió ante el Consejo de Estado una acción de pérdida de investidura contra el congresista, argumentando que este habría incurrido en indebida destinación de dineros públicos y tráfico de influencias, tipificados en los numerales 4 y 5 del artículo 183 de la Constitución Política. Los hechos se relacionan con la supuesta intervención indebida del senador en la celebración y ejecución de un convenio interadministrativo suscrito en 2021 entre una entidad territorial y el Departamento para la Prosperidad Social (DPS).
La solicitud contenía los datos personales del demandante, la identificación del congresista objeto de la acción, la invocación y explicación de las causales, la petición de práctica de pruebas y la dirección electrónica para notificaciones. Sin embargo, no se acreditó debidamente que el congresista tenía la calidad de miembro del Congreso durante el año 2021, periodo en el que habrían ocurrido los hechos. Tampoco se demostró el envío formal de la solicitud al demandado, requisito fundamental según la normativa vigente.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la inadmisión
La Sala recordó que, conforme al artículo 5º de la Ley 1881 de 2018, para que una...
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