Consejo de Estado prescinde audiencia inicial y fija litigio en proceso sobre actos administrativos de Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 18:59:37
Providencia emitida por el Consejo de Estado en instancia de control de nulidad
La providencia en análisis corresponde a un auto interlocutorio proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, dentro de un medio de control de nulidad acumulado. El proceso tiene por objeto determinar la legalidad de las resoluciones números 00066 de febrero de 2021 y 02104 de agosto de 2021, expedidas por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes impugnan dichas resoluciones bajo el argumento de que estas vulneran disposiciones constitucionales y legales, alegando además que fueron expedidas con aparente falsa motivación. Las normas cuestionadas incluyen varios artículos de la Constitución Política, la Ley 1448 de 2011, decretos reglamentarios y la normativa propia de la Unidad demandada. El proceso se encuentra en etapa previa a la audiencia inicial, la cual estaba prevista conforme al artículo 180 del CPACA.
Fundamentos y consideraciones jurídicas de la decisión
El Consejo de Estado aplicó el artículo 182A del CPACA, incorporado a través de la Ley 2080 de 2021, que permite dictar sentencia anticipada y prescindir de la audiencia inicial en determinados casos. Este precepto establece que cuando el asunto sea de puro derecho, no existan pruebas por practicar, o las pruebas documentales hayan sido aportadas oportunamente y no sean cuestionadas, el juez podrá omitir esta diligencia.
En el caso concreto, el tribunal determinó que la controversia versa exclusivamente sobre la legalidad de actos administrativos, sin que existan pruebas adicionales que deban ser practicadas en audiencia. Por ello, se decidió prescindir de la...
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