Consejo de Estado fija litigio y dispone sentencia anticipada en demanda contra resolución del Consejo Nacional Electoral sobre consultas populares presidenciales
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 18:58:49
Contexto y antecedentes del proceso
El presente proceso se encuentra radicado ante la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que conoce en única instancia la demanda presentada contra el Consejo Nacional Electoral (CNE). La demanda cuestiona la Resolución 01542 del 1º de abril de 2025, por la cual se fijó el 8 de marzo de 2026 como fecha para realizar una nueva consulta popular interna o interpartidista para la selección de candidatos presidenciales.
Los demandantes, ciudadanos particulares, interpusieron la demanda aduciendo la nulidad de la resolución por presunta infracción al artículo 6 de la Ley 1475 de 2011, que establece que las consultas para selección de candidatos a un mismo cargo deben realizarse en una única fecha. Argumentan que la consulta del 26 de octubre de 2025, convocada también por el CNE para la escogencia de candidatos a Congreso y Presidencia, agotó la posibilidad de realizar un mecanismo similar dentro del mismo proceso electoral, por lo que la convocatoria de marzo de 2026 sería ilegal y estaría falsamente motivada.
Por su parte, el Consejo Nacional Electoral sostiene que la fijación de la nueva fecha se realizó en ejercicio legítimo de sus funciones constitucionales y legales. Explica que cada proceso electoral es una unidad jurídica autónoma con su propio calendario, y que no existe norma que prohíba realizar consultas en años sucesivos para un mismo cargo. Además, señala que el acto administrativo impugnado tiene naturaleza organizativa y que las consultas son mecanismos facultativos de democracia interna de los partidos políticos.
La Registraduría Nacional del Estado Civil compareció como...
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