Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra elección de representantes a la Cámara por Atlántico
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 18:59:18
Contexto y competencia del tribunal
El Consejo de Estado, en única instancia y mediante auto proferido el 30 de abril de 2026, conoció y admitió la demanda de nulidad electoral presentada contra el Formulario E-26 CAM expedido el 20 de marzo de 2026, que declaró la elección de dos representantes a la Cámara para el departamento del Atlántico, postulados por una coalición política. La Sala Quinta es competente para conocer este tipo de demandas conforme al artículo 149 de la Ley 1437 de 2011 y sus modificaciones.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante interpuso la acción con fundamento en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011, solicitando la nulidad del acto de elección y la recomposición del orden de inscripción de los candidatos del partido político demandado, de acuerdo con el resultado de la consulta interna celebrada el 26 de octubre de 2025. En dicha consulta, una candidata obtuvo mayor número de apoyos que otra, pero en la lista final inscrita para las elecciones, dicha posición fue invertida, lo que, según el demandante, vulnera el principio democrático y el debido proceso electoral.
La autoridad electoral, tras recibir una solicitud de revocatoria por parte de una ciudadana, revocó inicialmente la inscripción de la lista por no haber respetado el orden de la consulta interna. Sin embargo, la elección fue declarada posteriormente sin modificar el orden cuestionado. El demandante también solicitó la revocatoria de la inscripción de una candidata, trámite que permanecía sin resolución al momento de la presentación de la demanda.
Las entidades involucradas —el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del...
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