Consejo de Estado confirma negativa a suspensión provisional de designación de rector en Universidad Distrital Francisco José de Caldas
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 19:0:44
Providencia y contexto procesal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de segunda instancia, conoció el recurso de apelación interpuesto contra el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había negado la suspensión provisional del acto administrativo mediante el cual se designó al rector de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas para el periodo 2025–2029.
La demanda de nulidad electoral fue presentada por un interesado que cuestionó el cumplimiento del requisito habilitante de experiencia administrativa en cargos directivos, exigido para la elección del rector, así como la existencia de una inhabilidad derivada del ejercicio de cargos directivos o de asesoría en la universidad durante el año anterior a la inscripción de la candidatura.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante argumentó que el designado rector no acreditó la experiencia mínima requerida: cinco años en cargos directivos, de los cuales cuatro deben corresponder a instituciones de educación superior. Señaló que la experiencia real computable era menor y que algunas certificaciones presentadas contenían solapamientos o cargos no considerados de nivel directivo conforme al manual de funciones de la universidad.
Además, cuestionó la validez de certificaciones emitidas por la misma universidad y por otras entidades, y alegó que la dirección de una revista científica institucional hasta poco antes de la inscripción implicaba una inhabilidad para ejercer el cargo. Solicitó la suspensión provisional de la designación para evitar el riesgo institucional derivado del posible ejercicio ilegítimo del cargo.
Por su parte, la defensa del designado rector y la universidad sostuvieron que se cumplían los requisitos de experiencia administrativa y que...
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