Consejo de Estado anula auto que dejó sin efectos demanda por doble radicación y ordena trámite adecuado en Tribunal Administrativo de Santander
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 19:1:4
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis corresponde a un auto proferido por el Consejo de Estado en calidad de instancia de apelación, que anuló un auto previo del Tribunal Administrativo de Santander. Dicho auto inicial había dejado sin efectos la admisión de una demanda interpuesta por una empresa estatal contra una Corporación Autónoma Regional, argumentando que existía una decisión previa en otro proceso con idéntico objeto, lo que configuraría una doble radicación y la aplicación del principio de cosa juzgada, con la consiguiente caducidad del medio de control.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue inicialmente admitida el 15 de abril de 2024 en el proceso con radicado 68001-23-33-000-2021-00649-01. Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Santander, mediante auto del 17 de febrero de 2025, dejó sin efectos dicha admisión basándose en que existía un proceso paralelo (radicado 68001-23-33-000-2021-00748-00) donde ya se había proferido decisión definitiva que rechazaba la demanda por caducidad. La parte demandante interpuso recurso de reposición y, en subsidio, apelación contra esta decisión, alegando que la caducidad no se configuró y que debía prevalecer el proceso más antiguo, además de invocar principios como el de favorabilidad y el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El Consejo de Estado destacó que la competencia por el factor funcional es improrrogable según el artículo 16 del Código General del Proceso (CGP), y que aunque el Tribunal había dejado sin efectos lo actuado por considerar que la demanda ya había sido objeto de decisión ejecutoriada, se omitió que la declaración de cosa juzgada debe realizarse...
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