Consejo de Estado remite proceso sobre sanción tributaria a la Sección Cuarta por competencia especializada
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 19:1:13
Contexto y antecedentes del proceso
El auto fue proferido en Bogotá D.C. el 27 de abril de 2026 por la Sección Primera del Consejo de Estado, en el marco de un recurso de apelación contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Sucre, Sala Tercera de Decisión. La demanda fue interpuesta mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), con el fin de anular un acto administrativo que impuso la suspensión por un año a una contadora pública, en aplicación del artículo 660 del Estatuto Tributario. La suspensión afecta la facultad de la profesional para firmar declaraciones tributarias y certificar estados financieros dirigidos a la administración tributaria.
Además de solicitar la nulidad de la sanción, la demanda incluyó pretensiones indemnizatorias por lucro cesante, daño emergente y perjuicios morales, así como la eliminación de información pública que afecte el buen nombre e identidad digital de la sancionada, amparándose en el principio de presunción de inocencia mientras no quede en firme el proceso.
Consideraciones jurídicas y competencia funcional
El despacho que conocía inicialmente el recurso advirtió que el asunto tiene cuantía determinable debido al impacto económico que genera la sanción administrativa, especialmente en la imposibilidad de la contadora pública de percibir ingresos derivados de su actividad profesional. A pesar de que la sanción no es pecuniaria, el efecto económico se refleja en perjuicios valorables, lo que implica que el proceso debe considerarse dentro de la competencia especializada para asuntos tributarios.
En este sentido, la Sección Primera aplicó el artículo 168 del CPACA y el artículo 13...
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