Tribunal Superior de San Andrés confirma sentencia sobre estabilidad laboral reforzada en caso de despido pre-pensional
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 19:0:58
Providencia judicial y contexto procesal
El Tribunal Superior del Departamento Archipiélago de San Andrés emitió una sentencia de segunda instancia en un proceso ordinario laboral que revisó el recurso de apelación contra una decisión previa del Juzgado Laboral del Circuito de San Andrés. El caso involucra una demanda contra una empresa hotelera por la terminación unilateral del contrato laboral de un empleado que alegó vulneración de su derecho a la estabilidad laboral reforzada por encontrarse en condición de pre-pensionado.
Antecedentes fácticos y pretensiones
El demandante trabajó desde 1995 en la empresa hotelera bajo un contrato a término indefinido como mesero. A la fecha de la terminación del contrato, el trabajador contaba con más de 1.589 semanas cotizadas para pensión, pero faltaban aproximadamente dos años para cumplir la edad requerida para acceder a la pensión de vejez. La empresa finalizó el contrato en octubre de 2020, en medio de la pandemia de COVID-19. El trabajador alegó que se le vulneraron derechos laborales y constitucionales, solicitando la nulidad de la terminación, su reintegro al cargo, el pago de salarios, prestaciones sociales, cesantías, intereses, cotizaciones de seguridad social y demás beneficios derivados de la Convención Colectiva vigente.
Decisión en primera instancia y argumentos del recurso
El Juzgado Laboral del Circuito dio la razón a la empresa, estableciendo que el demandante no gozaba de la estabilidad laboral reforzada para pre-pensionados, ya que cumplía con las semanas mínimas de cotización y únicamente le faltaba la edad para pensionarse, requisito que puede cumplirse con o sin vínculo laboral vigente, según la jurisprudencia constitucional aplicable. Además, se constató que el trabajador ya...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.