Entidades emisoras y contexto normativo
La Resolución 042 de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.484 el 8 de mayo de 2026, fue expedida por la Dirección Territorial de Santander del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). Este organismo es la máxima autoridad catastral nacional encargada de la formación, actualización y conservación de los catastros, conforme a lo establecido en la Ley 14 de 1983 y la Ley 1955 de 2019, modificada por la Ley 2294 de 2023.
El ajuste responde a la aplicación del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, que dispone un mecanismo excepcional para la actualización masiva de valores catastrales rezagados en zonas rurales, ejecutado mediante una metodología adoptada en la Resolución IGAC 1912 de 2024.
Asunto principal y destinatarios
La resolución se dirige principalmente a los propietarios de predios rurales ubicados en las zonas homogéneas geoeconómicas del municipio de Lebrija, Santander. Estos sectores fueron objeto de un ajuste en sus valores unitarios de terreno para la liquidación de avalúos catastrales vigentes a partir del 1° de enero de 2026.
El público destinatario es relevante debido a que los avalúos catastrales influyen directamente en la determinación de impuestos territoriales y en la planificación y ordenamiento territorial local.
Objetivo de la resolución
El principal objetivo de la resolución es corregir las diferencias detectadas entre la información cartográfica y alfanumérica del municipio y los valores unitarios de terreno inicialmente aplicados. Esto con el propósito de asegurar que los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales reflejen adecuadamente las condiciones económicas y técnicas de las zonas rurales de Lebrija.
Decisiones y regulaciones clave
La Dirección Territorial de Santander procedió a reajustar los porcentajes de incremento de los valores catastrales en las zonas homogéneas geoeconómicas rurales, modificando parcialmente lo establecido en la Resolución IGAC 2057 de 2025. Los nuevos porcentajes varían significativamente según la zona, con incrementos que oscilan desde un 10% hasta más del 1000% en algunos sectores, reflejando las particularidades económicas y técnicas detectadas.
Por ejemplo, para la zona 5 el aumento es del 10%, mientras que en la zona 18 el incremento llega al 1017%. Este ajuste implica la actualización de la liquidación de avalúos para todos los predios rurales afectados, asegurando una coherencia técnica y una incorporación adecuada en el Sistema Nacional Catastral.
Base legal y modificaciones normativas
La resolución se fundamenta en las siguientes normas:
- Artículo 3° de la Ley 14 de 1983, sobre las funciones de las autoridades catastrales.
- Artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, que regula la gestión catastral.
- Numerales 5 y 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021, que establecen las funciones de las Direcciones Territoriales del IGAC.
- Resoluciones IGAC 1912 de 2024 y 2057 de 2025, que establecen la metodología y los porcentajes iniciales para la actualización masiva de valores catastrales rurales.
- Artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, que dispone el ajuste automático de valores catastrales rezagados.
La presente resolución modifica los porcentajes de incremento de la Resolución 2057 de 2025, manteniendo vigentes las demás disposiciones de esta.
Plazos y vigencia
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación y aplica para la liquidación de avalúos catastrales con fecha 1° de enero de 2026. Por tratarse de un acto administrativo de carácter general, no procede recurso alguno contra esta decisión, conforme al artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Impacto potencial
Este reajuste técnico asegura que los avalúos catastrales reflejen con mayor precisión el valor real de los predios rurales en Lebrija, contribuyendo a una mejor equidad tributaria y a una administración territorial más eficiente. Además, constituye un ejemplo de la aplicación rigurosa de mecanismos excepcionales de actualización catastral con base en información técnica consolidada y validada por comités sectoriales.
La resolución ratifica el compromiso del IGAC con la actualización oportuna y técnica del catastro multipropósito, fundamental para la seguridad jurídica en la propiedad inmobiliaria y el fortalecimiento fiscal local, lo que beneficiará tanto a las autoridades como a los contribuyentes en la región.