Consejo de Estado se abstiene de resolver conflicto sobre bonificaciones pensionales en Valle del Cauca
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:8:19
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 9 de abril de 2026, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado profirió un auto en el que se abstuvo de resolver de fondo un conflicto negativo de competencias administrativas suscitado entre varias entidades públicas del orden nacional y territorial. El caso versaba sobre cuál autoridad administrativa era competente para reconocer y pagar un bono pensional correspondiente a períodos laborales en una entidad hospitalaria del Valle del Cauca. La decisión responde a lo establecido en los artículos 39 y 112, numeral 10, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), modificados por la Ley 2080 de 2021.
Antecedentes fácticos y procesales
El conflicto surgió a raíz de una solicitud presentada por la entidad hospitalaria para determinar la autoridad competente en el reconocimiento y pago del bono pensional a favor de una beneficiaria por los períodos laborales comprendidos entre enero de 1978 a diciembre de 1993 y de enero a septiembre de 1994. La Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) había reconocido y ordenado el pago de una pensión vitalicia por esos mismos períodos mediante una resolución de 2014.
Posteriormente, se presentaron certificaciones electrónicas de tiempos laborados emitidas por la entidad hospitalaria, las cuales indicaban que no se habían efectuado descuentos de seguridad social correspondientes, y que la responsabilidad por dichos períodos recaía en diferentes entidades: el departamento del Valle del Cauca para el primer período y la entidad hospitalaria para el segundo.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Gobernación del Valle del Cauca, Colpensiones y la...
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