Consejo de Estado aprueba liquidación de costas en proceso contencioso administrativo
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:8:47
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 27 de marzo de 2026, la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de instancia única, profirió un auto mediante el cual aprobó la liquidación de costas procesales en un recurso extraordinario de revisión. Esta providencia se emite tras una sentencia de única instancia dictada el 16 de julio de 2025, que declaró infundado el recurso y fijó las agencias en derecho a cargo del recurrente y a favor de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la interposición de un recurso extraordinario de revisión por parte de un particular contra la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial. La Sala Plena del Consejo de Estado, en sentencia de única instancia, rechazó el recurso y condenó en costas al demandante, fijando un monto equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente para las agencias en derecho.
Posteriormente, la Secretaría General del Consejo de Estado efectuó la liquidación de las costas, detallando que no se registraron gastos y expensas procesales, pero sí agencias en derecho por un valor determinado, correspondiente al salario mínimo fijado en la sentencia. La Unidad Administrativa solicitó pronunciamiento sobre la aprobación de esta liquidación.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la providencia
La Sala Plena analizó la liquidación en concordancia con el artículo 366 del Código General del Proceso, que regula el procedimiento para la liquidación de costas y agencias en derecho. Dicha norma establece que la liquidación debe realizarla el secretario del juzgado que...
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