Consejo de Estado aprueba liquidación de costas en proceso contra UGPP
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:8:46
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sala Veintisiete Especial de Decisión del Consejo de Estado, en su calidad de máximo tribunal de lo contencioso administrativo. La decisión corresponde a un auto que aprueba la liquidación de costas, en el marco de un recurso extraordinario de revisión que se originó en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes fácticos y procesales
En una sentencia previa del 31 de octubre de 2025, la UGPP fue condenada al pago de costas por haber sido vencida en el litigio promovido por una persona natural. La condena en costas fue determinada exclusivamente por concepto de agencias en derecho, ya que no se acreditaron gastos ni expensas adicionales. La cuantía fijada fue equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente al momento de la sentencia, conforme al Acuerdo No. PSAA16-10554 del Consejo Superior de la Judicatura.
Posteriormente, la Secretaría General del Consejo de Estado realizó la liquidación de costas el 8 de abril de 2026, estableciendo el monto en un total de un millón setecientos cincuenta mil novecientos cinco pesos m/cte. ($1.750.905), cifra correspondiente al salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026, según decreto oficial.
Consideraciones jurídicas y aprobación de la liquidación
El despacho encargado, con base en los artículos 125 de la Ley 1437 de 2011 y 366 del Código General del Proceso, constató la competencia para decidir sobre la aprobación o modificación de la liquidación de costas. Al revisar el cálculo efectuado por la Secretaría General, verificó que se había aplicado correctamente el monto correspondiente...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.