Providencia judicial en el Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sala Especial de Decisión de Pérdida de Investidura, emitió un auto mediante el cual se fija la fecha para la realización de la audiencia pública en un proceso de pérdida de investidura. La providencia fue adoptada en segunda instancia y responde a la necesidad de cumplir con los procedimientos establecidos en la Ley 1881 de 2018, específicamente en sus artículos 11 y 12.
Antecedentes del caso
El proceso se origina a partir de una demanda de pérdida de investidura presentada contra un funcionario público, conforme al régimen legal que regula esta materia. La etapa probatoria del proceso ya fue superada, lo que habilita la realización de la audiencia pública donde se escucharán los argumentos de las partes y del Ministerio Público antes de emitir una decisión final.
Consideraciones de la providencia
El magistrado ponente, en ejercicio de sus funciones, estableció que la audiencia pública se llevará a cabo el miércoles 13 de mayo de 2026 a las 2:30 p.m. La Secretaría General del Consejo de Estado está encargada de citar a las partes involucradas, así como al agente del Ministerio Público, garantizando la notificación oportuna y conforme a los protocolos vigentes.
Para facilitar la realización de esta diligencia, se autorizó que la audiencia se realice a través de medios tecnológicos disponibles, en línea con la Ley 2213 de 2022 y el Acuerdo PCSJA24-12185 de 27 de mayo de 2024, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura. Este acuerdo establece el protocolo para audiencias judiciales en la Rama Judicial, asegurando condiciones adecuadas para la participación remota y el cumplimiento de los deberes procesales.
Asimismo, se ordenó que el enlace o vínculo electrónico para acceder a la audiencia sea remitido con al menos dos días de antelación a las partes, al Ministerio Público y a los magistrados integrantes de la Sala Especial de Decisión. Esto garantiza transparencia y facilita la preparación de los intervinientes para la diligencia.
Finalmente, la providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente, lo que asegura su autenticidad, integridad y conservación conforme al artículo 186 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Este acto procesal evidencia el compromiso del Consejo de Estado con la correcta administración de justicia y el respeto a los derechos de las partes, en un marco de modernización tecnológica y cumplimiento estricto de las normas procesales vigentes. Con esta medida, se reafirma la transparencia y la legalidad en los procesos de pérdida de investidura, contribuyendo a la consolidación de un sistema judicial más eficiente y accesible para todos los ciudadanos.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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