Consejo de Estado decreta pruebas en recurso extraordinario de revisión contra Corporación Autónoma Regional del Quindío
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:9:16
Contexto y competencia
La providencia fue proferida por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de un recurso extraordinario de revisión presentado contra la sentencia de segunda instancia dictada por la Sección Segunda – Subsección A, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral. La decisión se da en etapa de admisión del recurso y trámite de decreto de pruebas, conforme a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
El despacho competente para dictar esta providencia es el magistrado ponente, quien tiene la facultad de expedir autos interlocutorios y de trámite durante cualquier instancia procesal, según el artículo 125 numeral 3 del CPACA.
Antecedentes fácticos y procesales
El recurso extraordinario de revisión fue interpuesto con fundamento en la causal del numeral 5 del artículo 250 del CPACA, que establece la nulidad originada en sentencias emitidas por un órgano judicial sin competencia funcional. La parte recurrente solicitó el decreto de pruebas documentales que ya obran en el expediente digital, así como la incorporación de documentos adicionales del proceso en sus dos instancias, disponibles en el sistema electrónico SAMAI.
El proceso inicial se relaciona con una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada contra la Corporación Autónoma Regional del Quindío, cuyo seguimiento y tramitación se han desarrollado en las instancias administrativa y contenciosa correspondientes.
Consideraciones sobre el decreto de pruebas
El Consejo de Estado recordó que el recurso extraordinario de revisión no busca reabrir la controversia inicial, sino demostrar la causal específica invocada, en este caso, la nulidad por falta...
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