Consejo de Estado confirma improcedencia de tutela contra providencia judicial sobre asignación de retiro militar
Proviene de: Sentencias
12 de mayo de 2026 17:7:19
Contexto y competencia del tribunal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia constitucional y legal, resolvió una impugnación contra la sentencia de primera instancia proferida el 13 de febrero de 2026 por la Sección Tercera, Subsección A del mismo Consejo de Estado. El caso tiene su origen en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por un exsoldado profesional del Ejército Nacional que cuestionó la liquidación de su asignación de retiro.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, quien se desempeñó como soldado profesional entre 1995 y 2024, inició una demanda contra la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares (Cremil), solicitando la reliquidación de su prestación de retiro, incluyendo conceptos como la prima de antigüedad, el incremento del 20% sobre la asignación y el subsidio familiar.
La primera instancia le dio parcialmente la razón, ordenando la reliquidación con inclusión de algunos componentes, pero no reconoció la totalidad de las pretensiones. Ambas partes apelaron y el Tribunal Administrativo de Antioquia modificó parcialmente la decisión, especificando las bases salariales aplicables y excluyendo el subsidio familiar conforme a jurisprudencia interna.
Posteriormente, el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B, en providencia del 6 de marzo de 2025, declaró infundado el recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo, ratificando la exclusión del subsidio familiar y la correcta aplicación de la normativa vigente.
Consideraciones centrales de la providencia
La acción de tutela fue presentada con el argumento de que la providencia judicial vulneró derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia,...
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