Consejo de Estado admite tutela contra Tribunal Administrativo de Bolívar y niega medida provisional sobre pago de asignación de retiro
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:11:26
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, instancia encargada de conocer tutelas contra tribunales administrativos conforme a la normativa vigente, específicamente el numeral 5 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado en 2021 y 2025. Esta acción de tutela fue presentada por una ciudadana en contra del Tribunal Administrativo de Bolívar, en el marco de un proceso previo de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes fácticos y procesales
La accionante interpuso tutela argumentando la vulneración de derechos fundamentales como el debido proceso, la defensa, la igualdad, el acceso a la administración de justicia, el mínimo vital, la seguridad social y la protección integral de la familia. La afectación se atribuye a una sentencia del Tribunal Administrativo de Bolívar que confirmó una decisión previa del Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Cartagena, la cual negó las pretensiones de la demandante relacionadas con el pago de una asignación de retiro.
En el proceso principal, la accionante alega que la suspensión del pago del 45.33% de la asignación de retiro se basa en una interpretación administrativa y judicial que desconoce una sentencia constitucional sobre justa causa por enfermedad, lo cual configuraría una vulneración al debido proceso y a la seguridad social.
Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado admitió la acción de tutela por cumplir con los requisitos legales del artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, notificando al Tribunal Administrativo de Bolívar como accionado, y vinculando al Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Cartagena, a la entidad encargada de la administración...
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