Consejo de Estado designa perito en proceso sobre tratamiento de alergias oculares
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:11:27
Tribunal e instancia
El auto interlocutorio fue proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en el marco de un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. Esta providencia se dicta en la etapa procesal posterior a la audiencia inicial, en la que se ordenó la práctica de un dictamen pericial.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se origina a partir de una reclamación presentada por una empresa farmacéutica contra una decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio. El objeto del litigio versa sobre la evaluación del nivel inventivo de una creación titulada “Tratamiento de las alergias oculares”, lo que requiere un análisis técnico especializado.
En la audiencia inicial, el Consejo de Estado decretó la elaboración de un dictamen pericial, asignando inicialmente la realización del mismo al Departamento de Química de una universidad nacional. Sin embargo, dicha entidad informó que no podía atender la solicitud por falta de disponibilidad de docentes idóneos, quienes se encontraban comprometidos con otros proyectos y requerimientos judiciales.
Ante esta imposibilidad, la parte demandante propuso un químico farmacéutico particular para que asumiera la elaboración del dictamen pericial.
Consideraciones de la providencia
De acuerdo con lo establecido en el artículo 234 del Código General del Proceso, aplicable por remisión del artículo 211 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Consejo de Estado procede a designar formalmente al químico farmacéutico propuesto por la parte demandante para que realice el dictamen requerido.
El perito designado tendrá un plazo de veinte (20) días, contados a partir de la posesión, para rendir el dictamen pericial. Posteriormente,...
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