Consejo de Estado niega suspensión provisional a Circular sobre recepción de videos para infracciones de tránsito
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:11:38
Providencia dictada en primera instancia por el Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, emitió un auto interlocutorio el 30 de abril de 2026, mediante el cual resolvió la solicitud de suspensión provisional de la Circular Externa núm. 20244000000157, expedida por la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte. Dicha circular establece directrices para la recepción de videos difundidos en medios de comunicación y redes sociales que puedan evidenciar la comisión de infracciones de alto riesgo en materia de tránsito.
Antecedentes fácticos y procesales
Un grupo de demandantes presentó demanda y solicitó la suspensión provisional de los efectos de la circular, argumentando que el acto administrativo vulneraba derechos constitucionales como el debido proceso y principios como la confianza legítima y la reserva de ley. Señalaron que la circular permitiría la incorporación de videos aportados por cualquier ciudadano como pruebas en procesos sancionatorios, lo cual, a su juicio, implicaba una indebida delegación de funciones públicas propias de agentes de tránsito y una falta de competencia de la entidad emisora.
Las partes demandantes también invocaron la vulneración de disposiciones constitucionales y legales, como los artículos 29, 123, 150 y 210 de la Constitución Política, así como las leyes 769 de 2002 y 1843 de 2017, que regulan el procedimiento sancionatorio de tránsito y la instalación y operación de sistemas automáticos y semiautomáticos de detección de infracciones.
Durante el trámite, se acumuló un expediente adicional con demanda y solicitud semejante, que fue unificado para su estudio conjunto. La parte demandada se opuso a las solicitudes argumentando insuficiencia...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.