Consejo de Estado ordena requerimiento final a demandantes por incumplimiento en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:12:4
Tribunal e instancia procesal
La providencia judicial fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, con radicación número 11001-03-26-000-2016-00074-00.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se encuentra en trámite desde 2016 y enfrenta dificultades debido a la falta de cumplimiento de la parte demandante con cargas procesales esenciales. En el auto del 6 de noviembre de 2024, el despacho requirió a la parte demandante que aportara los registros civiles que acrediten el fallecimiento de dos demandantes específicos y que informara las direcciones para notificación de sus herederos determinados.
Desde entonces, la Secretaría de la Sección y el despacho han emitido múltiples oficios y requerimientos para que se cumpla con estas órdenes, sin que la parte demandante haya dado respuesta o aportado la documentación solicitada. Estos incumplimientos han impedido continuar con el trámite de la demanda.
Consideraciones de la providencia
El despacho recordó el deber de impulsar el proceso y evitar dilaciones, según el artículo 42 del Código General del Proceso. Ante la reiterada omisión de la parte demandante, se advirtió que, conforme al artículo 178 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), si no se cumple con el requerimiento dentro del plazo otorgado, la demanda quedará sin efectos y se decretará el desistimiento tácito del proceso.
Asimismo, se destacó que el proceso configura un litisconsorcio necesario por activa, lo que implica que no es posible decidir de fondo sin la comparecencia de todos los titulares de...
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