Consejo de Estado admite demanda y suspende provisionalmente elección de rector en Universidad Popular del Cesar
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:5:19
Providencia de la Sala Quinta del Consejo de Estado en proceso de nulidad electoral
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, con competencia en única instancia para conocer y tramitar procesos relacionados con nulidad electoral, emitió un auto en el que admitió la demanda presentada contra el Acuerdo mediante el cual el consejo superior de la Universidad Popular del Cesar eligió al rector para el periodo 2026-2030. En el mismo acto, la Sala resolvió la solicitud de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo demandado.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda presentada por un ciudadano en ejercicio del medio de control contemplado en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011, impugnando la elección del rector por presunta falta de cumplimiento del requisito de experiencia académica en educación superior no inferior a cinco años. La elección se realizó mediante un Acuerdo del consejo superior universitario, tras un proceso electoral regulado por acuerdos internos.
Durante el proceso de inscripción, el aspirante presentó certificaciones que acreditaban su experiencia académica, una emitida por la Universidad Popular del Cesar y otra por una entidad dedicada a la formación para el trabajo y el desarrollo humano, la cual no tiene naturaleza de educación superior. El Tribunal de Garantías Electorales inicialmente inadmitió la inscripción argumentando incumplimiento del requisito de experiencia, pero revocó dicha decisión tras recurso de reposición, aplicando un criterio que equivalía dos períodos académicos completos a un año de experiencia docente.
La demanda cuestiona la legalidad del Acuerdo de elección, aduciendo violaciones constitucionales y legales,...
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