Consejo de Estado niega incorporación de pruebas en recurso de apelación sobre reparación de perjuicios por ola invernal
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:6:14
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Tercera, Subsección C, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, dentro del proceso de reparación de perjuicios causados a un grupo de habitantes del municipio de Aguachica, departamento del Cesar. La demanda fue inicialmente radicada en septiembre de 2016 ante el Tribunal Administrativo del Cesar, que en primera instancia negó las pretensiones en octubre de 2025. La parte demandante interpuso recurso de apelación que fue admitido para revisión por el Consejo de Estado.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene su origen en la presentación de una demanda colectiva para obtener indemnización por daños sufridos durante la ola invernal ocurrida entre septiembre y diciembre de 2010. En primera instancia, el Tribunal Administrativo vinculó a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) como demandado y finalmente negó las pretensiones indemnizatorias.
Posteriormente, en el trámite del recurso de apelación ante el Consejo de Estado, la parte demandante adjuntó una lista de damnificados y tres facturas de servicios públicos a nombre de personas no reconocidas formalmente como parte del proceso. Sin embargo, no solicitó expresamente la incorporación de estos documentos como prueba ni argumentó su pertinencia, utilidad o conducencia.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo 68 de la Ley 472 de 1998, que regula las acciones populares y de grupo, en lo no previsto por dicha ley se aplican las normas del Código General del Proceso (CGP). En particular, el artículo 327 del CGP establece que la admisión de...
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