Consejo de Estado decreta prueba de oficio en proceso de reparación directa contra hospital y Policía Nacional
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:6:15
Contexto y tribunal
La providencia fue proferida por la Sección Tercera, Subsección B, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá D.C., el 17 de abril de 2026. Se trata de un auto dictado en el trámite de los recursos de apelación contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitida el 4 de octubre de 2023.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda de reparación directa instaurada en febrero de 2010 contra la Policía Nacional, una Empresa Social del Estado (ESE) hospitalaria y un profesional de la salud. La demanda reclama perjuicios derivados de una presunta falla médica ocurrida durante una cirugía destinada a mejorar dificultades respiratorias de un paciente.
En primera instancia, la entidad hospitalaria opuso la excepción de la existencia de un pleito pendiente, señalando que se adelanta otro proceso administrativo con iguales hechos y pretensiones en un juzgado administrativo local. Sin embargo, el tribunal de primera instancia no se pronunció sobre esta defensa.
Además, se constató la existencia de otro proceso de reparación directa relacionado, iniciado con anterioridad y remitido a juzgados administrativos del mismo circuito.
Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado fundamentó la decisión en el artículo 169 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Decreto 1 de 1984), que autoriza a la Sala a decretar pruebas de oficio cuando sean necesarias para esclarecer la verdad, incluso en segunda instancia.
Ante la incertidumbre sobre la finalización y contenido de los procesos conexos, y la posible configuración de cosa juzgada —un mecanismo que impide juzgar...
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