Consejo de Estado confirma negativa de hábeas corpus por tramitación judicial en curso
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:6:39
Providencia proferida por el Consejo de Estado en segunda instancia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en Sala Unitaria, emitió un auto interlocutorio que confirma la decisión adoptada por un Magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en primera instancia, mediante la cual se denegó la solicitud de hábeas corpus promovida por una persona privada de la libertad que alegaba prolongación ilegal de su detención.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción constitucional fue promovida por la persona privada de la libertad en un centro penitenciario femenino en Bogotá, quien alegó que, pese a que se había decretado su libertad por vencimiento de términos y se había expedido la boleta de libertad respectiva, no se había hecho efectiva su salida. En la solicitud se indicó que no existían otras actuaciones judiciales pendientes en su contra y se argumentó vulnerabilidad por razones socioeconómicas y discriminación indirecta.
El Magistrado de primera instancia ordenó recabar informes al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), al establecimiento penitenciario y a los juzgados penales con competencia en control de garantías, con el fin de verificar la situación procesal y la legalidad de la privación de la libertad. También revisó antecedentes de acciones previas de hábeas corpus promovidas por la misma persona.
Consideraciones del Consejo de Estado
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 30 de la Constitución Política, que establece el derecho fundamental al hábeas corpus para cualquier persona que estime estar privada ilegalmente de su libertad, y en la Ley 1095 de 2006, que reglamenta esta acción constitucional señalando su naturaleza y competencia.
La Sala...
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