Consejo de Estado modifica decisión sobre habeas corpus y declara carencia actual de objeto en caso de sustitución de pena por razones de salud
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:7:24
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera - Subsección A, del Consejo de Estado, en ejercicio de su función como instancia de revisión, emitió un auto de naturaleza procesal el 20 de marzo de 2026, con radicación número 73001-23-33-000-2026-00045-01, relacionado con una acción de habeas corpus. Esta acción fue presentada contra el Complejo Carcelario y Penitenciario con Alta y Media Seguridad de Ibagué - Picaleña, así como contra el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué y el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Guadalajara de Buga (Valle del Cauca).
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de habeas corpus fue interpuesta por un agente oficioso en representación de una persona privada de la libertad que cumple una condena de prisión intramural por delitos relacionados con trata de personas y lavado de activos. Por razones de salud, específicamente debido a un cuadro clínico complejo y pluripatológico de origen cardiovascular y metabólico, se solicitó la sustitución de la pena privativa de la libertad en establecimiento carcelario por prisión domiciliaria.
Inicialmente, el Juzgado Primero de Ejecución de Penas negó la solicitud. Sin embargo, en apelación, el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado revocó dicha decisión y concedió la prisión domiciliaria, imponiendo además caución prendaria y el compromiso correspondiente. A pesar de ello, la persona privada de la libertad continuó recluida en el establecimiento carcelario, sin que se materializara el traslado ordenado judicialmente, lo que motivó la presentación de la acción de habeas corpus para exigir su cumplimiento inmediato.
El Tribunal Administrativo del Tolima, en providencia del 6...
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