Obligaciones de registro y reporte de transacciones en efectivo
Según el artículo 103 del estatuto orgánico del sistema financiero (EOSF), las entidades vigiladas deben dejar constancia de las transacciones en efectivo que superen los $10.000.000 (o su equivalente en moneda extranjera), mediante un formulario especialmente diseñado o registros equivalentes. Este registro es fundamental para documentar sistemáticamente las operaciones relevantes, facilitar su trazabilidad y apoyar las labores de monitoreo tanto de la entidad como del supervisor.
Además, el artículo establece que las transacciones múltiples en efectivo que, en conjunto, superen los $50.000.000 y se realicen por o en beneficio de una misma persona dentro de un plazo determinado, deben considerarse una única transacción para efectos del control. Esto busca evitar la fragmentación de operaciones para evadir la normativa.
Por otro lado, el artículo 104 del EOSF impone la obligación de informar a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) la totalidad de estas transacciones en efectivo, conforme a las instrucciones de la Superintendencia financiera. Este reporte externo permite un análisis centralizado para detectar patrones, tipologías y posibles operaciones relacionadas con LAFT.
Modalidades y aclaraciones sobre el cumplimiento
Se aclaró que el deber de diligenciar el formulario no se limita a transacciones individuales, sino que también aplica a las múltiples que superen el umbral. Sin embargo, en casos de alta transaccionalidad, la entidad puede optar por llevar un registro consolidado en lugar de formularios individuales, siempre y cuando informe mensualmente a la Superintendencia financiera las personas sujetas a este procedimiento.
Respecto al formato, el registro interno mediante el formulario es una obligación distinta e independiente del reporte en formato Excel que se transmite a la UIAF. La entidad debe diseñar el mecanismo que garantice el adecuado control y trazabilidad, en cumplimiento del principio de autogestión del sistema de administración del riesgo.
Estas directrices entran en vigencia de inmediato y buscan fortalecer el sistema de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo en el sector financiero. La Superintendencia financiera continuará monitoreando el cumplimiento de estas disposiciones y brindará el apoyo necesario para su correcta implementación, con el fin de proteger la integridad del sistema financiero nacional.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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