Consejo de Estado revoca parcialmente sanción aduanera por póliza de seguro no vigente en caso de cabotaje
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 17:5:29
Providencia y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, en segunda instancia, el 23 de abril de 2026, dentro del proceso identificado con el radicado 05001 23 31 000 2010 01418 02. Se trató de una sentencia relativa a una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Antecedentes fácticos y procesales
Una empresa dedicada al transporte aéreo internacional de mercancías presentó demanda contra la DIAN, buscando la nulidad de dos resoluciones administrativas que le impusieron una multa cercana a los 400 millones de pesos por incumplimiento en la finalización de catorce operaciones de cabotaje aduanero. La DIAN había declarado la responsabilidad de la empresa por no finalizar correctamente el régimen de tránsito aduanero en dichas operaciones y ordenó hacer efectiva una póliza de seguro de cumplimiento de disposiciones legales para cubrir la sanción.
La empresa alegó haber cumplido con las obligaciones bajo el régimen aduanero, cuestionó la aplicación de la normativa utilizada para sancionarla, y sostuvo que la póliza de seguro que la DIAN hizo efectiva no estaba vigente en las fechas de las operaciones de cabotaje objeto de sanción, ya que estas ocurrieron entre junio y agosto de 2006, mientras que la póliza tenía vigencia desde junio de 2008 hasta septiembre de 2009. También argumentó la prescripción de la acción derivada del contrato de seguro y la caducidad de la acción sancionatoria.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Antioquia negó las pretensiones de la demanda, sosteniendo que la empresa no desvirtuó...
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