Providencia de segunda instancia del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en ejercicio de la segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la DIAN contra la sentencia del 31 de octubre de 2023 proferida por el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral A. Esta sentencia había declarado nulas la Liquidación Oficial de Revisión y la Resolución de Reconsideración que modificaron la declaración privada del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) del año gravable 2014 presentada por una empresa minera dedicada a la extracción y comercialización de carbón.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó en 2015 su declaración de CREE correspondiente al año gravable 2014, reportando una base gravable mínima de cero y un saldo a favor. Posteriormente, la DIAN expidió una Liquidación Oficial de Revisión modificando la declaración inicial, desconociendo costos por compensaciones pagadas y aumentando la base gravable, además de imponer sanciones por inexactitud y multas al representante legal. La empresa y su representante legal interpusieron demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, argumentando que las compensaciones pactadas en el contrato de gran minería constituyen costos deducibles y que la base gravable mínima fue calculada conforme a la normativa vigente.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado confirmó la sentencia de primera instancia, destacando varios puntos clave:
- Naturaleza de las compensaciones: La Sala concluyó que las compensaciones pactadas en contratos estatales para la explotación de recursos naturales no renovables, como el carbón, son costos directamente relacionados con la producción del bien y, por ende,...