Consejo de Estado anula registro de marca “SOL” concedido por la Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 17:14:4
Competencia y naturaleza de la providencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, conoció en única instancia la acción de nulidad relativa presentada contra dos resoluciones de la Superintendencia de Industria y Comercio. La primera resolución concedió el registro de la marca mixta “SOL”, mientras que la segunda confirmó dicha decisión tras un recurso de apelación. La providencia adoptada es una sentencia definitiva que resuelve el litigio.
Antecedentes fácticos y procesales
Una demandante, en ejercicio de la acción de nulidad relativa prevista en la Decisión 486 de 2000, solicitó la nulidad de las resoluciones que otorgaron el registro de la marca “SOL” a una sociedad dedicada a la producción de cervezas y bebidas no alcohólicas. La oposición se basó en la similitud con varias marcas mixtas y nominativas que contienen la palabra “SOL”, previamente registradas por la demandante en la misma clase internacional.
Las resoluciones administrativas cuestionadas declararon infundada la oposición y concedieron el registro de la marca mixta “SOL”. La demandante interpuso recurso de apelación que fue igualmente negado por la Superintendencia.
Durante el proceso, el tercero con interés directo en el resultado, titular de la marca cuestionada, defendió la distintividad de su signo, alegando que la expresión “SOL” es de uso común y que los elementos gráficos y denominativos de sus marcas generan una impresión diferente en el consumidor.
Consideraciones jurídicas y análisis de la Sala
La Sala abordó el análisis jurídico conforme a la Decisión 486 de 2000 y las interpretaciones prejudiciales proferidas por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, especialmente en relación con el artículo 136...
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